
CARÁTULA: ABUSO SEXUAL SIMPLE
FECHA Y HORA DEL HECHO: 09 de Abril de 2016 - 13:45 horas.
LUGAR DEL HECHO: Sáenz e/M. Castro y Portela de este medio.
CUADRÍCULA: Nro. 2
VÍCTIMA: ROCÍO M.L, argentina de 11 años, soltera, instruida, estudiante.
DENUNCIANTE: MAREIGA TELMA, argentina, 52 años, viuda, instruida, ama de casa.
IMPUTADO/APREHENDIDO: LEMOS CLAUIDIO LUIS, argentino de 25 años, soltero instruido, sin ocupación, sin domicilio.
ELEMENTOS SUSTRAIDOS: No hubo.
ELEMENTOS
INCAUTADOS: No hubo.
MAGISTRADO DE INTERVENCIÓN: U.F.I. nro. 9 Dto. Jud. Lomas de Zamora.
PERSONAL INTERVINIENTE: Personal L. Zamora 1º-
COMISARÍA INSTRUCTORA: Comisaría de Lomas de Zamora 1º (Centro)
_________________________________________________________________________________
SÍNTESIS DEL HECHO: que en el día de la fecha circunstancias en que personal de de esta Seccional, recorría la jurisdicción en prevención de delitos contra la propiedad y/o las personas como así también en todas sus faltas, y al llegar a la intersección de las calles Sáenz y Portela son alertados por una persona del sexo femenino quien manifiesta llamarse MAREIGA TELMA, cuyas demás circunstancias personales obran en los presentes, refiriendo que instantes antes, circunstancias en que se encontraba en la iglesia que se halla frente a la plaza, juntamente con su hija menor de edad ROCÍO, observa a una persona del sexo masculino que se encontraba en el interior de la Iglesia, que salía de una habitación junto a su hija y al preguntarle a la misma los motivos porque salía del lugar junto a esa persona, la misma refirió que el Señor, la había llevado a ese lugar para enseñarle a rezar y en un momento, este comenzó a manosearla por sus partes íintimas.
Que ante ello la denunciante comento lo sucedido a varios hermanos de la iglesia quienes procedieron a retenerlo.
Que identificado este sujeto, resulta ser y llamarse LEMOS CLAUDIO LUIS, cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento en los presentes actuados, a quien se lo traslada a la Dependencia Policial a los fines legales pertinentes.
Que mantenida comunicación telefónica con el Juzgado de intervención, quien interiorizado de los pormenores, dispuso labrar actuaciones de caratula epígrafe, debiendo remitir todo lo actuado y aprehendido en la fecha a Sede Judicial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario