LOCALIDAD: TEMPERLEY
FECHA DEL HECHO: 04/03/2017 HORA: 16:00 HS
LUGAR: POLONIA 2649, ADROGUÉ, ALTE BROWN-
JUZGADO INTERVENCION: U.F.I.J.R.P.J. NRO. 04.-
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
FIGURA PENAL: ROBO CALIFICADO POR EL EMPLEO DE ARMA NO HABIDA.
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PERSONAL POLICIAL INTERVINIENTE: OF.PPAL FABIAN VINAY-
OF.SUB INSPECTOR JORGE MIÑO.-
VÍCTIMA: JUAN PABLO R., de nacionalidad argentino, de 22 años de edad, estado civil soltero, instruido, mecánico, domiciliado en este medio.
CAUSANTE: FRANCO LEONEL M., de nacionalidad argentino, instruido, estado civil soltero, desocupado, de 17 años de edad, domiciliado en la calle Polonia nro. 2649 de Almirante Brown.
SÍNTESIS DEL HECHO:
Llevo a conocimiento del Señor Jefe, que en la fecha y siendo la hora indicada personal gabinete criminológico este elemento, en relación a I.P.P caratulada en primera instancia “ROBO DE MOTO VEHÍCULO”, momentos que se encontraba realizando tareas investigativas en la zona donde ocurrió el hecho y en ese momento se les apersona la victima de autos, quien le refiere que sabe que quien le robo la moto se encontraba en una casa ubicada sobre la calle Polonia al 2600, de Adrogué, solicitando para ello que los acompañemos. Seguidamente personal policial acompaño al denunciante, arribando a un domicilio ubicado sobre la calle Polonia numero 2649, lugar donde ven que del interior de la vivienda sale un sujeto masculino, al cual la victima de autos a viva voz les refiere que “ESE ES QUIEN ME ROBO”, manifestando a su vez que el masculino era un menor de edad. En ese momento el masculino que era sindicado por la victima de autos, al ver el móvil policial, ingresa corriendo rápidamente a su domicilio, siendo que a raíz de que la victima de autos lo reconociera como el autor material del hecho y habilitados por el artículo 222 del C.P.P, ingresamos inmediatamente a la vivienda, lugar donde se procede a la aprehensión del masculino quien es identificado como FRANCO LEONEL M.
Que a raíz de que el malviviente resulto ser menor de edad, se mantuvo comunicación telefónica a la U.F.I.J.R.P.J. que estaba de turno el día que ocurrió el robo de la moto de JUAN PABLO R., siendo que el magistrado una vez interiorizado de los pormenores del caso, avalo lo actuado, dispuso que las actuaciones caratuladas ROBO DE MOTOVEHÍCULO que cuenta con la intervención de la U.F.I.J. número 01 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, se recaratulen ROBO CALIFICADO POR EL EMPLEO DE ARMA NO HABIDA, se practiquen diligencias de rigor y una vez finalizadas el causante menor sea entregado a sus progenitores, a su vez dispuso que las actuaciones sean remitidas en su totalidad a su sede judicial una vez culminadas.-
Debido al modus operandi y características físicas del causante, se estableció que el mismo no es ajeno a los siguientes hechos:
HECHO NRO. 01: ROBO MOTO VEHÍCULO. DENUNCIANTE JUAN PABLO R. FECHA DENUNCIA 03-03-17. U.F.I.J NRO. 04.-
HECHO NRO. 02: ROBO MOTOVEHÍCULO. DENUNCIANTE EZEQUIEL MAXIMILIANO S. FECHA DENUNCIA 02-03-17.U.F.IJ NRO. 01.-
Carlos Alberto Aguirre
Comisario
No hay comentarios:
Publicar un comentario