viernes, 7 de diciembre de 2018

Avellaneda: Allanamiento por averiguación ilícito en Gerli

 
SUPERINTENDENCIA REGIÓN AMBA SUR JEFATURA DEPARTAMENTAL DE SEGURIDAD LANÚS COMANDO ZONA DISTRITO AVELLANEDA.- FECHA: 07-12-2018.- HORA: 19.00 hs.- LUGAR: GIBRALTAR NRO. 1549,DE LA LOCALIDAD DE GERLI, PARTIDO DE AVELLANEDA. HECHO: “AVERIGUACIÓN DE ILÍCITO.- INTERVENCIÓN: UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO NRO. 01, DRA. OLMOS CORONEL, POLO JUDICIAL AVELLANEDA. APREHENDIDO: ÁNGEL RAÚL FIGUEROA, de 59 años de edad, nacionalidad argentino, instruido, de estado civil soltero, ddo. Juan B. Justo nro. 480 de la Localidad y Partido de Lanús, con Documento Nacional de Identidad nro. 14.767.857, nacido el día 07 de octubre del año 1959, en Capital Federal.- SECCIONAL: AVELLANEDA 6tª – GERLI. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- TEXTO: Fecha y hora de mención, personal policial correspondiente al Gabinete Técnico Operativo (GTO) , de esta Seccional Policial circunstancias, en las cuales se encuentran recorriendo la jurisdicción en prevención de ilícitos y faltas en general, como así también en cumplimiento de lo normado en el marco de la ley 13.081; momentos en que circulan por calle Gibraltar nro. 1549 de este medio, observan un camión marca Ford, el cual poseía sobre su plancha un vehículo colisionado, motivo por el cual proceden a descender del móvil policial y al acercarse a dicho camión, observan hacia el interior del galpón del cual se encontraba saliendo, autopartes varias. Se procede a mantener entrevista con el propietario de dicho galpón identificando al mismo como FIGUEROA ANGEL RAUL, cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y obran en autos. Seguidamente y en el marco de la Ley 13081, se ingresa a dicho galpón, constando en su interior cinco motores de camiones de diferentes marcas, tres vehículos. Se solicita documentación, de los mismos al Sr. Figueroa, no pudiendo acreditar titularidad de los mismos. Se cursan vía radiales numeraciones de motores, como así también dominios, no poseyendo impedimento legal. Se procede a mantener comunicación telefónica, con la titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio nro. 01, Dra. Olmos Coronel, la cual puesta al corriente de los pormenores del caso dispuso, se labren actuaciones caratulas “ AVERIGUACION DE ILICITO#”, se proceda al secuestro de los vehículos y motores varios; disponiendo dejar los mismos a resguardo del Sr. Figueroa; se proceda a notificarlos a tenor de los art. 60, 89 y 92 del CPP, cumplimentado recaudos legales, recupérela Libertar por medio del art. 161 del CPP. Se proceda a la clausura de dicho galpón colocándose las fajas correspondientes-

Firma. Subcomisario Fabián Balsys.

 

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