Cría. Secc. 6ta de Avellaneda.
MAGISTRADO: U. F. I. Nro.3
Juzgado de Garantías Dptal., en turno
Defensoría Dptal., en turno
DPTO. JUDICIAL LOMAS DE ZAMORA
CALIFICACIÓN LEGAL: ROBO CALIF. POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD NO PUDO SER ACREDITADA.-
LUGAR DEL HECHO: Blanco Encalada nro. 1349 de Lanús Este.-(ámbito jurisdiccional Lanús 2da)
LUGAR DE APREHENSIÓN: DE LA SERNA y PAUNERO.-
FECHA DEL HECHO: Julio 06 del 2016, 22,00 hs .-
MODO DE INICIO: Oficio (__) Acta de Prevención (_x_); Denuncia ( _); Otro (__).-
DENUNCIANTE:
LEONART SANDRA BETINAde nacionalidad argentino, de 45 años de Lanús Este, Titular del D. N. I. Nro. 21.726.356.-
APREHENDIDO:
MARTÍN MATÍAS NICOLÁS, arg., 20 años de edad, soltero, inst, sin ocupación, ddo. De la Serna Nº 2245 de Gerli.
ELEMENTO/S SUSTRAÍDO/S: VW Gol color verde, dominio BXB-092, documentación personal, documentación del rodado, billetera de mujer, la suma de $ 120 pesos.-
ELEMENTOS INCAUTADOS todos los elementos mencionados mas arriba juntamente con el rodado VW Gol de color verde pte. BXB-092.-una campera de color roja, llaves del rodados.-
SECRETARIO DE ACTUACIONES:
SÍNTESIS DEL HECHO:
En la fecha, siendo las 22 hs., personal del Comando Patrulla de Avellaneda, tomo conocimiento que por las inmediaciones de la calles De la Serna entre Anatalo France y Ohigginis de esta, se habría dado a la fuga un rodado el cual había sido sustraído modalidad Robo en ámbito Jurisdiccional de Comisaría de Lanús 2da. Que ante ello, los efectivos policiales, procedieron a realizar rastrillaje por la zona ocasión que al llegar a la arteria De la Serna y Salta de este medio, observan doblar al rodado en cuestión por la arteria ultima mencionada tomando luego la calle De la Serna hacia Wilde por lo que iniciaron persecución del rodado, hasta llegar a la intersección de De la Serna y Paunero de este medio, donde el sujeto masculino frena de improvisto, desciende del rodado y emprende la fuga corriendo vestido con una campera roja para luego ingresar hacia el interior de una finca que tenía la puerta abierta. Que es así, que personal policial ingresa al lugar conforme art. 222 del CPP, donde ve salir a un sujeto hacia el interior del pasillo quien es identificado por personal policial como el sujeto que se dio a la fuga, identificándolo como MARTÍN MATÍAS NICOLÁS cuyos datos obran mas arriba. Incautándose la campera roja que tenia puesta el identificado MARTÍN MATÍAS al momento de darse a la fuga, en la cual se incautó las llaves del rodado sustraído. Requisado el rodado sustraído en presencia de testigos se incautó documentación tanto personal como del rodado correspondiente a la víctima, así una billetera de mujer y la suma de $ 120 pesos todo de la víctima. Traslado el identificado como los elementos incautados y el rodado también incauto, se realizó consulta a la UFI NRO. 03 de Lomas de Zamora, en la persona de la Dra. ALFARO, quien interiorizada dispuso aprehensión del Sr. MARTIN MATIAS en orden al delito de ROBO CALIFICADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD NO PUDO SER ACREDITADA, notificar al aprehendido de lo normado en los Arts. 60, 89 y 92 del CPP por el delito de mención, demás recaudos legales. Asimismo con conocimiento del Juzgado de Garantías en turno del Dpto. Jud. De Lomas de Zamora, la Dra. ALFARO dispuso se efectivice sobre del domicilio del aprehendido lugar donde ingreso después de haberse dado a la fuga, allanamiento conforme el Art.59 Inc. I párrafo 2do del CPP, el cual arrojo resultado NEGATIVO la incautación del arma utilizada, disponiendo elevar las actuaciones y aprehendido dia 07-07-16 a ese Ministerio Publico. En Consecuencia se labra I.P.P carátula de Epígrafe.- Prosigo.- Investigo.
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