PARA CONOCIMIENTO DEL SEÑOR
JEFE DEPARTAMENTAL LANÚS
CRIA. AVELLANEDA 6TA.
JEFE DISTRITAL AVELLANEDA
FECHA: 15-09-2016.-
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CARÁTULA: ALLANAMIENTO POR INF. ARTÍCULOS 52, 183 y 189 BIS DEL CÓDIGO PENAL (Tenencia ilegal de arma de guerra y munición).-
FECHA-HORA: 15-09-2016, 16.00 horas.-
LUGAR: Presidente Sarmiento N° 2.130, Gerli, Avellaneda.-
IMPUTADO: LEANDRO JOSÉ MOLINA, Argentina, de 43 años de edad, instruido, fotógrafo, soltero, Dlio. Presidente Sarmiento 2.130 de Gerli de Avellaneda.
ELEMENTOS INCAUTADOS:
Una ESCOPETA marca STOEGER modelo SP 312 calibre 12/70, Serie N° 407854.-
Una PISTOLA marca CZ Model 75 calibre 9 mm PARA, Serie 168468-
CINCO cargadores de Pistola Calibre 9mm.-
260 Proyectiles intactos calibre 40.-
67 proyectiles intactos calibre 9 mm.-
24 proyectiles intactos calibre 762.-
Porta Cargadores varios, Pistoleras varias y todas marca HOUSTON.-
TRES cinturones del tipo canana, conteniendo gran cantidad de cartuchos intactos calibre 12.-
Proyectiles intactos calibre 32 S&W, 38 y 765.-
INTERVENCION: Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 26 de Capital Federal.-
Juzgado de Garantías N° 9 - Sede Avellaneda.-
DEPENDENCIA ACTUANTE: Cría Avellaneda 6ta, Gerli.-
SíNTESIS DEL HECHO:
Fecha, y hora, llevo a su conocimiento que personal del Gabinete de Prevención de esta seccional policial, juntamente con personal del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público de la Ciudad de Buenos Aires, y tras tareas investigativas en conjunto en el marco de la Causa número 12432/16 en Tramite ante la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas número 26 de CABA, se logro la obtención mediante exhorto número OE-07-02-000081-16/00 del Juzgado de Garantías N° 9 del Polo Judicial Descentralizada Avellaneda, de una de allanamiento, requisa y Secuestro; la cual se llevo a cabo en el día de la fecha, arrojando resultado altamente POSITIVO, donde se procedió a la incautación de armas de fuego varias como así también municiones de diferentes marcas y calibres, cargadores de pistola varios, y elementos de correajes, todo en el marco de la causa en cuestión caratulada Infracción al artículo 52, 183 y 189 bis del Código Penal.- De surgir novedad se ampliara de inmediato.
Es cuanto informo al Sr. Jefe al respecto.-
ERNESTO FERREYRA
Subcomisario
Jefe de Dependencia
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