19-10-16 18:00 fecha y hora se detalla Móvil de la zona 26 del C.P que recorre Gerli es que al llegar a la intersección de estas calles observan un carro que era tirado por un caballo en mal estado general y que apenas podía cargar el carro con su contenido de chatarra.
Que el caballo se veía a simple vista en mal estado general y que poseía lesiones visibles sangrantes y le faltaban herraduras.
Que ante lo cual la dotación del móvil de la zona 26 acorde a lo ordenado por el Jefe de Turno Crio Barbieri sobre la Ley 14.346 la que dice “LEY 14.346 Se Establecen Penas para las Personas que Maltraten o Hagan Víctimas de Actos de Crueldad a los Animales. ARTÍCULO 1º - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.ARTICULO 2º - Serán considerados actos de maltrato:1° No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.2° Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.3° Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.4° Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.5° Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.6° Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
Tras lo cual personal procede a detener en su marcha a RODRÍGUEZ GUSTAVO argentino de 31 años ddo Villa La Iapi de Quilmes sin DNI conduciéndolo junto al equino a la seccional 6ta donde quedo alojado el causante y secuestrado el equino a disp. De la UFI en turno.
Que así mismo tomo conocimiento una asociación de protección a los equinos que tomo parte del cuidado del animal.
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